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Sucesiones, en orden y sin conflictos

Perder a alguien ya es suficiente. Me ocupo de los trámites para que la familia pueda heredar, vender o inscribir los bienes, también cuando hay herederos o bienes en otros países, con costos claros desde el primer día.

Paso a paso

Cómo es el trámite

Los plazos son orientativos y dependen de cada juzgado y de cada caso. En la consulta te doy un plazo para tu situación.

I

Reunimos la documentación

Semana 1 a 2

Partida de defunción, partidas que prueban el parentesco y datos de los bienes. Te digo exactamente qué falta y cómo pedirlo.

II

Inicio en el juzgado

Semana 3

Presento la sucesión en el juzgado del último domicilio de la persona fallecida.

III

Edictos

Mes 1 a 2

Se publica un aviso en el Boletín Oficial para que se presenten otros herederos o acreedores.

IV

Declaratoria de herederos

Mes 4 a 6

El juez declara quiénes son los herederos. Con eso ya se puede operar con los bienes.

V

Inscripción o venta

Después

Inscribimos los inmuebles y autos a nombre de los herederos, o se venden con autorización si la familia lo decide.

Testimonios

Clientes que ya pasaron por esto

“Teníamos la sucesión pendiente hacía años porque siempre faltaba algún papel y la íbamos dejando. Nos pasó una lista con lo que necesitaba cada uno y pudimos arrancar. Muy conforme con la atención.”

DC
Diego C.Cliente del estudio
Sucesiones

“Vivo afuera y necesitaba consultar por una propiedad de mis padres. Pudimos coordinar por la diferencia horaria y me aclaró qué documentación tenía que preparar desde acá. Buena atención.”

AV
Adriana V.Cliente del estudio
Sucesiones
Preguntas frecuentes

Dudas sobre sucesión

¿Tu caso es distinto? Escribinos y lo vemos juntos.

¿Cuánto tarda una sucesión?

La declaratoria de herederos suele salir en cuatro a seis meses. La inscripción de los bienes lleva unos meses más.

Un heredero vive en el exterior, ¿se puede hacer igual?

Sí. Se firma un poder en el consulado o con apostilla y todo lo demás se hace por videollamada.

¿Qué pasa si no hay testamento?

Es lo más común. La ley define quiénes heredan: hijos, cónyuge y, si no hay, padres o hermanos.

¿Se puede vender la casa durante la sucesión?

Sí, con acuerdo de los herederos y autorización del juez. A veces conviene para repartir el dinero.

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